Dona una nube de creatividad

Colegios de todo Chile ven en la educación creativa un motor de cambio en la calidad de vida personal y el fomento de habilidades que propicien la autonomía, pensamiento divergente y el aprender-haciendo. En el largo plazo, la estimulación de la creatividad habilita entre otros a emprender nuevas ideas, afrontar con más confianza desafíos inesperados, desarrollar formas de vida más sustentables e interpretar de manera más compleja la información cotidiana.
Con tu donación podrás ayudar a que esas escuelas, convencidas del potencial innovador que tiene la educación creativa, pero que muchas veces no cuentan con los recursos financieros, puedan implementar el Método Nube hoy entregando a docentes, estudiantes y sus familias las herramientas para enfrentar los desafíos de la vida contemporánea.
Donar es el puntapié inicial de un círculo virtuoso de aportes circulares: tu donación apoya con recursos financieros para que nosotros podamos aportar con nuestros conocimientos en creatividad y las escuelas puedan aportar a sus estudiantes con su trabajo educativo, generando entre todos los cambios que necesitamos aquí y ahora.

modalidades:

Donación única con tarjeta

Haz una donación única con el monto que desees pagando con tus tarjetas de débito o crédito a través de Webpay, Mach, Chek o FPay.

Donación única con transferencia

Haz una donación única con el monto que desees a:
Fundación Nube / RUT: 65.099.014-5
Banco Santander / Cuenta corriente: 69066500
Correo: hola@nubelab.cl / Asunto: Donación.

Donación mensual PAT

Comprométete con la educación y suscríbete a nuestra donación mensual de $5.000, $15.000 o $30.000 durante 1 año con tu tarjeta de crédito. Escoge tu monto:

Conoce los beneficios de donar*

¿Quiénes pueden ser donantes?

I. Cualquier contribuyente que declare renta efectiva demostrada mediante un balance general. Prácticamente todas las empresas siempre que sean sociedades operativas –en la práctica, quedan excluidas las sociedades holding que tengan únicamente rentas pasivas derivadas de dividendos.

II. Personas naturales.

¿Para qué se pueden destinar los recursos de las donaciones?

Dependerá del proyecto presentado y autorizado por el Comité Calificador de Donaciones Culturales Privadas.

Estas donaciones están liberadas del trámite de insinuación y están exentas de todo impuesto. Esto quiere decir que no requiere de ningún procedimiento judicial de autorización y no queda afecta a ningún impuesto ni para el donante ni para el donatario.

¿Cuál es el beneficio?

I. Empresas:
50% del monto donado puede ser utilizado como crédito en contra del Impuesto de Primera Categoría y el 50% restante puede ser deducido como gasto en la determinación de la renta líquida imponible del donante. Esto implica que, en la práctica, el donante financieramente asume únicamente un 50% de la donación y el otro 50% lo asume el Estado (siempre que esté dentro de los límites).

II. Personas naturales:
a. Contribuyentes Impuesto Global Complementario: 50% del monto donado puede ser utilizado como crédito en contra del impuesto anual determinado.
b. Contribuyentes Impuesto Único de Segunda Categoría (i.e. trabajadores dependientes): 50% del monto donado puede ser utilizado como crédito en contra del impuesto determinado al mes que se efectúa la donación.

¿Cuál es el límite para el donante?

I. Empresas:
a. A elección del donante, el monto de total de la donación no podrá exceder de (i) 5% de la renta líquida imponible; o (ii) 0,16% (uno coma seis por mil) del capital propio tributario determinado al término del ejercicio.
b. Adicionalmente, la imputación del 50% como crédito está limitada a un 2% de la renta líquida imponible del donante no pudiendo exceder el crédito de 20.000 UTM.

II. Personas naturales:
a. Contribuyentes Impuesto Global Complementario: no existe un límite en el crédito imputable al impuesto, pero el monto total de la donación no puede exceder del 20% de la Renta Líquida Imponible y/o de 320 UTM.
b. Contribuyentes Impuesto Único de Segunda Categoría: no existe un límite en el monto de la donación, pero el monto del crédito imputable al impuesto mensual no puede exceder de 13 UTM.

*La información proporcionada es solo para fines de información general. No pretende ser exhaustivo ni proporcionar asesoramiento legal o de otro tipo. Se debe buscar asesoría profesional directamente de sus asesores cuando sea necesario.

Tu donación será procesada de forma segura a través de VirtualPos©.